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Cóctel: Protección Patrimonial en tiempos de incertidumbre – Bogotá

Icaza, González-Ruiz & Alemán te invita al Coctel Protección Patrimonial en tiempos de incertidumbre en Bogotá

 

Acompáñanos este 18 de octubre en el cóctel “Protección Patrimonial en tiempos de incertidumbre” en el que estaremos tocando temas de interés tales como los mejores vehículos protección patrimonial, opciones de residencia en Panamá, inversiones inmobiliarias, y servicios bancarios, considerando las mejores alternativas para ciudadanos de Colombia.

 

Lugar: Club El Nogal

Día: 18 de octubre de 2023

Hora: desde las 6:30 pm

 

Ponentes: 

  1. Luis Martinez – Sub-Gerente | Icaza Trust Corporation
  2. Ana Graciela Medina – Socia | Icaza, González-Ruiz & Alemán
  3. Ayleen Quintero – Asociada | Icaza, González-Ruiz & Alemán
  4. José Chong | Alpha Group
  5. Valentina Serfaty | Alpha Group
  6. Rebeca Betancourt – Vicepresidente de Banca Privada & Banca Premium | Mercantil Banco

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Para más información, contáctenos a consultas@icazalaw.com.

Cali 3

Cóctel: Protección Patrimonial en tiempos de incertidumbre

Icaza, González-Ruiz & Alemán te invita al Coctel Protección Patrimonial en tiempos de incertidumbre

 

Acompáñanos este 30 de agosto en el cóctel “Protección Patrimonial en tiempos de incertidumbre” en el que estaremos tocando temas de interés tales como los mejores vehículos protección patrimonial, opciones de residencia en Panamá, e inversiones inmobiliarias, considerando las mejores alternativas para ciudadanos de Colombia.

 

Lugar: Club Campestre de Cali

Día: 30 de agosto de 2023

Hora: desde las 7:00 pm

 

Pontentes: 

  1. Luis Martinez – Sub-Gerente | Icaza Trust Corporation
  2. Ana Graciela Medina – Socia | Icaza, González-Ruiz & Alemán
  3. Ayleen Quintero – Asociada | Icaza, González-Ruiz & Alemán

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Para más información, contáctenos a consultas@icazalaw.com.

Carlos Coto- Screenshot

Reactivaciones de sociedades en Panamá

Reactivaciones de sociedades en Panamá

¿Se puede reactivar una sociedad panameña que ha sido disuelta? En este nuevo video, nuestro Asociado Carlos Coto , te explica acerca del proceso de reactivación.

Panama

Permiso temporal de protección para extranjeros en Panamá

Decreto Ejecutivo No. 112 del 13 de julio de 2023 que crea el Permiso Temporal de Protección

 

Por medio de este Decreto, se crea el permiso temporal de protección al que pueden optar todas las personas extranjeras, sin distingo de nacionalidad que, a la entrada en vigencia del presente Decreto, se encuentren irregulares dentro del territorio nacional y hayan permanecido en el país por un período no menor de un año, sin haber iniciado proceso migratorio, como un estatus migratorio de protección temporal en Panamá.

 

Requisitos

Los interesados deberán cumplir con los siguientes requisitos:

  1. Poder y solicitud;
  2. Dos (2) fotos tamaño carnet;
  3. Completar el Pre Registro Único.de Extranjería (RUEX) o actualizarlo según cada caso;
  4. No tener trámite migratorio vigente ante el Servicio Nacional de Migración;
  5. Copia simple del pasaporte, la que deberá ser cotejada con el original al momento de la presentación;
  6. Comprobante del domicilio del solicitante;
  7. Certificación de Antecedentes Penales que, en caso de solicitantes menor de edad, se exceptuará de la presentación de este requisito. Serpa aceptable la presentación del Historial de Antecedentes Penales y Policivos emitido por la Dirección de Investigación Judicial de la Policía Nacional de Panamá (DIJ).
  8. Declaración Notarial Jurada, para acreditar la fecha de ingreso al territorio nacional, en caso que aplique;
  9. Constancia de trámite de permiso de trabajo realizada ante el Ministerio de Trabajo y Desarrollo Laboral;
  10. En caso que la persona extranjera solicitante sea menor de edad el poder deberá ser otorgado por uno de sus padres o su tutor legal, acompañado del documento que compruebe el parentesco.

 

El Servicio Nacional de Migración, luego de recibir los documentos, comprobará la legitimidad de cada requisito y de encontrar inconsistencias, generará las consecuencias penales y administrativas de rigor para el solicitante o quien resulte responsable de las mismas.

Adicional, el solicitante podrá ser sometido a entrevista o evaluación por parte del Servicio Nacional de Migración, para determinar si procede o no el otorgamiento del permiso respectivo.

 

Costos

Los costos relacionados con este trámite serán los siguientes:

  1. Cheque certificado o de gerencia del Banco Nacional de Panamá, a favor del Servicio Nacional de Migración por $500.00 en concepto de servicios migratorios. Para menores de edad $250.00. Este pago es único y total por los servicios migratorios y otras obligaciones que pueda mantener la persona extranjera, que aplique a este permiso temporal;
  2. Pago por la suma de cien balboas (B/.100.00) en concepto de carné válido para viajar por el permiso solicitado;
  3. Cheque Certificado o de Gerencia del Banco Nacional de Panamá, a favor del Servicio Nacional de Migración, por la suma de doscientos balboas (B/.200.00), no reembolsable, en concepto de aporte al Depósito de Repatriación. Estarán exentos de este pago, las personas extranjeras menores de doce años de edad;
  4. Cheque Certificado o de Gerencia del Banco Nacional de Panamá a favor de Tesoro Nacional por la suma de ciento cincuenta balboas con 00/100 (B/.150.00), como aporte por obligaciones tributarias.

 

Validez

El Permiso Temporal de Protección se otorgará por un periodo único de dos años, no prorrogables, de forma individual por cada solicitante, por lo tanto, no admitirá dependientes, para que las personas beneficiadas puedan residir en el territorio de la República de Panamá, durante ese período, en cumplimiento de las obligaciones tributarias, de seguridad social, sanitarias y legales en general, que demanden su actividad.

 

Antes del vencimiento del término del permiso otorgado, los beneficiarios deberán realizar cambio de estatus a algunas de las categorías migratorias reguladas en el marco del Decreto Ley 3 de 22 de febrero de 2008 y su reglamentación.

 

El Permiso Temporal de Protección se podrá solicitar desde el 17 de julio de 2023 hasta el 19 de julio de 2024.

Portada mano de obra local

Categorías de permisos de trabajo consideradas como mano de obra local en Panamá

Permisos de trabajo contados como mano de obra local

 

Debido al los cambios introducidos por el Decreto Ejecutivo No. 6 de 13 de abril de 2023 que regula la Migración Laboral las categorías de permisos de trabajo que son contadas como mano de obra local en Panamá han cambiado. Conoce cuáles son en este video de nuestra asociada Ayleen Quintero, especialista en Derecho Migratorio.

Descansos remunerados

Descansos remunerados para lactancia

Descansos remunerados para la lactancia materna en Panamá

 

Las leyes panameñas permiten que las madres tengan periodos de descanso durante los primeros meses de vida de sus bebés. Nuestro socio de Derecho Laboral, Javier José Vallarino, comparte información acerca de este tema.

Formularios tax

Nuevos formularios para la presentación de declaraciones juradas de renta en Panamá

Resolución No. 201-4370 del 19 de mayo de 2023

 

Por la cual se adoptan los nuevos formularios para la presentación de las declaraciones juradas de renta, personas jurídicas, según régimen general y por sectores de actividad económica.

 

Conforme a la mencionada resolución, se ha dispuesto los siguientes cambios:

  1. Nuevos formularios: Se adoptan los nuevos formularios electrónicos para la presentación de las declaraciones juradas del impuesto sobre la renta. El Formulario 1, versión 7, será utilizado por personas naturales, tanto asalariadas como no asalariadas. Por su parte, el Formulario 2, versión 8, será destinado a personas jurídicas. Además, se ha establecido un formulario adicional, el Anexo 1015, versión 1, que contiene el detalle de discapacitados. También se ha introducido el Formulario 18, versión 6, específico para las Rentas de Zonas Francas, abarcando los sectores de Panamá Pacífico y Zona Franca General.
  2. Uso exclusivo del sistema e-Tax 2.0: Se advierte a todos los contribuyentes y usuarios que la única forma de presentar las declaraciones juradas de renta será a través del sistema e-Tax 2.0.
  3. Vigencia y excepciones: Se informa a los contribuyentes que los nuevos formularios entrarán en vigencia para las declaraciones juradas correspondientes al período fiscal 2022. Aquellos contribuyentes que hayan presentado su declaración del período fiscal 2022 antes de la entrada en vigencia de esta resolución no se verán afectados por estos cambios.
  4. Mantenimiento de la Resolución anterior: La Resolución No. 201-031 emitida el 2 de enero de 2013 se mantiene vigente en todas sus partes, excepto por las modificaciones establecidas en la presente resolución.
  5. Declaraciones de períodos anteriores: Los contribuyentes que deban rectificar declaraciones juradas de rentas de períodos anteriores al 2022, así como aquellos que presentaron la declaración jurada de rentas para el período 2022 antes de la entrada en vigencia de esta resolución, podrán utilizar los formularios contenidos en la Resolución No. 201-031 emitida el 2 de enero de 2013.
  6. Refrendo por un Contador Público Autorizado (CPA): Se informa a los contribuyentes que las declaraciones juradas de renta con ingresos brutos superiores a once mil balboas (B/.11 000,00) deberán ser refrendadas por un Contador Público Autorizado (CPA). La DGI habilitará en el sistema e-Tax 2.0 una opción denominada “Inscripción/modificación CPA”. Una vez registrado, el sistema otorgará un código de seguridad que será utilizado para el refrendo de las declaraciones juradas de renta.

 

Los nuevos formularios los podrá encontrar en el área de anexos de la Resolución No. 201-4370 del 19 de mayo de 2023.

Descargar Resolución

GRUPAL RANKING IP STARS

Icaza, González-Ruiz & Alemán rankeada en IP Stars 2023

El departamento de Propiedad Intelectual de Icaza, González-Ruiz & Alemán reconocido en IP Stars 2023.

 

El departamento de Propiedad Intelectual de Icaza, González-Ruiz & Alemán ha sido clasificado como firma Nivel 1 en IP Stars por Managing IP en su ranking 2023.

Nuestra socia Gabriela Tejada de Britton también ha sido clasificada por la publicación como Trade mark star.

Acceda a la publicación haciendo clic en el siguiente enlace: Rankings

Acerca de IP Stars

IP Stars es la principal guía especializada en bufetes y profesionales de la propiedad intelectual (PI) de todo el mundo. El directorio legal de Managing IP comenzó en 1994, pero fue rebautizado en 2013 como IP STARS. La investigación para IP STARS cubre una variedad de áreas de práctica de PI y más de 70 jurisdicciones, por lo que es la guía de PI más completa y ampliamente respetada en la profesión legal.

Entrada de perros a Panama 4

Viajar con perros a Panamá, nuevos procedimientos

Conozca los nuevos procedimientos para viajar con perros a Panamá.

Por: Ayleen Quintero

Viajar con su mascota suele convertirse en un tema muy importante para cualquier persona.  Recientemente el Ministerio de Desarrollo Agropecuario de Panamá, a través de la Dirección Nacional de Salud Animal, emitió la Resolución No. ADM-DSA-073-2023 de 17 de mayo de 2023, por medio de la cual se emiten los Requisitos y Procedimientos Zoosanitarios para el ingreso de caninos al territorio nacional.

 

Entre los requisitos debemos mencionar los siguientes:

  • Antes del ingreso a Panamá, el canino debe estar amparado por un Certificado Zoosanitario de Exportación, expedido por la Autoridad Sanitaria del país exportador, en el que se haga constar una serie de condiciones de salud y de inmunización del canino previo al vuelo.
  • A su llegada deberá hacer gestionar la Licencia Zoosanitaria de Importación, emitida por la Dirección Ejecutiva de Cuarentena Agropecuaria (DECA), llenando los formularios respectivos y llevando a cabo el pago de los derechos establecidos por el Ministerio de Salud y el Ministerio de Desarrollo Agropecuario, los cuales ascienden a $155 dólares entre ambos.
  • Los caninos serán en adición inspeccionados en el Aeropuerto por el Médico Veterinario Oficial de la Dirección Ejecutiva de Cuarentena Agropecuaria del Ministerio de Desarrollo Agropecuario.
  • Cumplido todo lo anterior, el canino podrá salir con su propietario o persona autorizada, hacia el lugar donde mantendrá cuarentena domiciliaria.

 

Es importante anotar que estos requisitos aplicarán también para aquellos caninos que sean soporte emocional o con entrenamiento especial y que los únicos artículos que los propietarios podrán traer junto con la mascota, será la porción de la comida que le corresponde para el día de llegada.  No se podrá viajar con camas o artículos adicionales de la mascota.

 

En nuestro departamento de Migración ofrecemos a nuestros clientes el servicio completo para que la llegada de su mascota sea un tema menos del que tengan que preocuparse. Contáctenos haciendo clic aquí para más información. 

Medellin

Coctel en Medellín: Panamá, las mejores opciones de Residencia e Inversión

Icaza, González-Ruiz & Alemán presenta las mejores opciones de Residencia e Inversión en Panamá.

 

Nuestra asociada Ayleen Quintero, especialista en Derecho Migratorio e Inmobiliario participó en el Coctel: Panamá, las mejores opciones de Residencia e Inversión, realizado en Medellín, Colombia, donde presentó los beneficios de los Programas de Residencia en Panamá junto con la empresa inmobiliaria Pacific Hills, quienes presentaron las mejores opciones inmobiliarias y las áreas de mayor retorno en el país.

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